Quienes somos

Nuestros comienzos
VERITÉCNICA SRL nació en el mes de julio de 1993. Su objeto comercial fue la verificación y revisión técnica de todo tipo de vehículos.

El domicilio legal y administrativo se estableció en la calle Rosa Alaniz 345 de la ciudad de Neuquén.

Luego de cumplimentar los requisitos exigidos por los organismos competentes, la Comisión Nacional Reguladora del Transporte (CNRT) autoriza a la empresa el comienzo de sus actividades a partir del 18 de mayo de 1994.

En el mes de octubre de 2000 la empresa muda sus instalaciones al taller propio ubicado en la calle Félix San Martín 1700 de la ciudad de Neuquén, esta Planta de Revisión Técnica Vehicular consta de tres líneas habilitadas.

Las líneas habilitadas corresponden a las diferentes jurisdicciones controladas por las auditorias respectivas:

Auditoria de la CENT (Consultora Ejecutiva Nacional de Transporte) conformada por miembros de la Secretaria de Transporte y la Universidad Tecnológica Nacional. (Ley Nacional de Tránsito 24.449 y Decreto Reglamentario 779/95).

Auditoría de la Universidad Nacional del Comahue, Facultad de Ingeniería, Departamento de Mecánica Aplicada. (Ley Provincial 2178/96 de Adhesión a la Ley Nacional de Tránsito).

Auditoría de la Universidad Nacional del Comahue, Facultad de Ingeniería, Departamento de Mecánica Aplicada. (Ordenanza Municipalidad de Neuquén 7510/96 de adhesión a la Ley Nacional de Tránsito).

Auditoría de la Universidad Nacional del Comahue, Facultad de Ingeniería, Departamento de Mecánica Aplicada. (Ordenanza Municipalidad de Neuquén 7510/96 de adhesión a la Ley Nacional de Tránsito).

El 10 de diciembre de 2019 se inauguran las nuevas instalaciones en el Parque Industrial Neuquén, Lote 11 de la Autovía Norte, trasladando la línea interjurisdiccional, Auditoria de la CENT (Consultora Ejecutiva Nacional de Transporte) conformada por miembros de la Secretaría de Transporte y la Universidad Tecnológica Nacional. (Ley Nacional de Tránsito 24.449 y Decreto Reglamentario 779/95).

Certificación ISO
Protocolo COVID-19
Conocé como nos cuidamos y te cuidamos a vos.

Protocolo

Talleres de Revisión Técnica Obligatoria

Protocolo

Resolución MTR 96-2020

Nuestra visión

Impulsar el desarrollo de la Revisión Técnica Obligatoria a través de maquinarias de control que garantizan la seguridad y protección del medio ambiente.

Nuestra misión

Liderar el servicio de revisión ofreciendo una atención de alta calidad brindando soluciones para nuestros clientes.

Nuestros valores

  • Calidad
  • Responsabilidad
  • Innovación

Jurisdicción

(Del lat. iurisdictĭo, -ōnis).

1. f. Poder o autoridad que tiene alguien para gobernar.
2. f. Poder que tienen los jueces y tribunales para juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.
3. f. Término de un lugar o provincia.
4. f. Territorio en que un juez ejerce sus facultades de tal.
5. f. Autoridad, poder o dominio sobre otro.
6. f. Territorio al que se extiende

Extraido del Anexo 1 (articulo 34- Revision Tecnica obligatoria) del decreto 779/1995 en uno de sus parrafos dice respeto de las juridicciones:

7.- Será Autoridad Jurisdiccional de un vehículo particular de categoría L, M1, N1 ú O1 la que rija de acuerdo a su lugar de radicación.
Será Autoridad Jurisdiccional de un vehículo de cualquier otra categoría o que no sea de estricto uso particular, la que corresponda acorde al tipo de transporte que realice.
a) Cuando el vehículo realice transporte interjurisdiccional o internacional, la Autoridad Jurisdiccional será la Autoridad Nacional en Materia de Transporte – Jurisdicción Nacional (JN).
b) Cuando el vehículo realice transporte intrajurisdiccional, la Autoridad Jurisdiccional será la Respectiva Autoridad en Materia de Transporte – Jurisdicción Local (JL).

8.- Cada vehículo dependerá de sólo una Autoridad Jurisdiccional (AJ) y deberá realizar la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) en los talleres que funcionen bajo su órbita.

9.- El Certificado de Revisión Técnica (CRT) de todo vehículo de Jurisdicción Local (JL) le permitirá circular al vehículo por cualquier jurisdicción, siempre que el mismo no realice un servicio de transporte.

10.- Siempre que el vehículo circule fuera del ámbito de su jurisdicción, su Certificado de Revisión Técnica (CRT) tendrá una validez adicional de DOS (2) MESES, vencida la misma para efectuar la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) fuera de su jurisdicción deberá obtener expresa autorización de la Autoridad Jurisdiccional (AJ) donde se pretenda realizar la misma.

Solitar turnos para

Sistema Nacional

Cargas y Pasajeros

Planta PIN Autovía Norte:
Lunes a viernes de 8 a 19.45 hs.
Sábado de 8 a 13 hs.

Solicitar turnos a los siguientes teléfonos:

299-5079810 / 299-5259305

Sistema Municipal / Provincial

Incluye Uso particular validez nacional

Planta Añelo:
Lunes a viernes de 8 a 17 hs.
Teléfono: (0299) 5096791

Planta Félix San Martín:
Lunes a Viernes de 8 a 16.45 hs.
Teléfono: (0299) 443-3310